martes, 3 de marzo de 2009

Jesús, ciudadano romano.

¿Era Jesucristo romano?

Bueno, considerar la figura de Jesucristo como histórica es complicado. De los tres historiadores romanos que lo citan, lo hacen como referencia a su grupo de seguidores y no a la persona de Jesús. En cuanto a Flavio Josefo se demostró la falsedad de su cita directa sobre Jesús aunque no de otra más indirecta. De hecho de los 10 escritos, considerados históricos donde se cita a Jesús (incluyendo los cuatro anteriores), hay fuertes sospechas de que son incorporaciones posteriores.

Para una mejor comprensión del mito de Jesús desde otras perspectivas, es interesante la primera parte de la película Zeitgeist y su identificación con el culto solar así como su parecido con Horus, Mitra u otros cultos desde la perspectiva de culto solar y por lo tanto su condición de mito sin haber existido en realidad.

Aún suponiendo la historicidad de Jesús como hipótesis inicial, sería poco serio considerar la fuente bíblica como una fuente histórica. Sin embargo podemos hacer el ejercicio de considerar el análisis de algunas de las referencias mencionadas.

Una de las referencia relacionadas con el nacimiento nos hace llevar a un dato sencillo como es que el padre de Jesús se desplaza a Belén por motivos del censo. De los tres censos de la época de Augusto, en el años –28, -8 y 14, (tomaremos la datación cristiana aunque sería más conveniente la datación AUC), parece que el que mejor se adapta a la interpretación sería el del año -8 debido a que el reinado de Herodes el Grande finaliza en el año –4, con lo que se da el año –6 como otro de las posibles fechas de nacimiento de Jesús, debido a todo aquello de los inocentes y los niños de dos años.

Sin embargo el censo es una fecha suficientemente clara como para considerarla como exacta y si hay interpretaciones diferentes es debido a intereses diversos.
Ahora bien, es interesante que hasta ahora no haya leído nada (eso no quiere decir que no exista algo), referente a que el censo es solo para ciudadanos romanos. Y más considerando que Judea es un protectorado, ni siquiera es una provincia. Por lo tanto es bastante absurdo considerar que Jesús, o mejor dicho, su padre José, no fuera ciudadano romano.

El censo del año –8, da una cifra aproximada de 4.230.000 ciudadanos romanos. Es decir, varones. El resto de la población, tanto esclavos como provinciales, no se contabilizan. De hecho el sistema fiscal no lo necesita ya que depende de los famosos publicanos con tasas fijas tradicionalmente expuestas por contrato ante los dos Censores.

Eso no es extraño si consideramos que por una parte, Pompeyo hace referencia a la gran cantidad de judíos existentes en la Siria Seleucida (considerar que Cilicia, donde origen de San Pablo, pertenece a los seleucidas y a Roma. Y por otra parte un Marco Antonio capaz de vender ciudadanía romana desde Egipto buscando siempre rellenar las arcas. La comunidad judía de Egipto podía ser importante y hay judíos históricos por lo menos desde Nekao y Psemico. Sin olvidar la buena relación de los judíos en el periodo Aqueménida.

Las causas por las que José o algún ascendente cercano hubiera sido investido con el honor de la ciudadanía, podían ser varias. Siempre en relación al servicio a Roma. Una de ellas hubiera sido la de servir como mercenario por ejemplo en la expedición de Aulo Gabino y las reformas que Gabino realizó en Judea mientras era gobernador de Siria. Tanto Pompeyo, desde el año –63, como posteriormente Gabino, o incluso Craso, Julio César o Marco Antonio, podían haber precisado de los servicios de algún ascendente de José o del propio José, en este caso casi con seguridad habría sido en las tropas auxiliares de las legiones, quizás sirviendo en el bando de Antonio hasta su derrota en el –30, y posteriormente terminando de servir hasta quizás el año –10. Su relación con Egipto podría dar pie a la posterior huída a Egipto y no por ejemplo a Damasco (más cercana a Galilea por ejemplo) o a Antioquia. Lo cual indicaría la existencia de contactos con comunidades judías.

En todo caso, había otras posibilidades para que José o su familia (como muy lejano su padre o su abuelo), pudieran haber obtenido la ciudadanía. Incluyendo la posibilidad que hubiera pertenecido a cierta aristocracia afecta a Roma, o mejor dicho, contraria por ejemplo a Arquelao.

La consideración de Jesús como ciudadano de Roma explicaría el tacto con el que las autoridades religiosas de Jerusalén le tratan, no pudiendo ser juzgado más que por el procurador romano en Cesarea. Si bien es cierto que Augusto destituye a la familia real de Judá y mantiene por ejemplo a Herodes Agripa en Roma, la relación como provincia romana no será efectiva hasta Vespasiano y los Flavios y por lo tanto es esperable que asuntos internos como juzgar a un súbdito por cuestiones religiosas, haya sido un asunto interno a no ser que se tratara de un ciudadano romano.

En todo caso, esto es solo un ejercicio ya que soy partidaria de la no existencia de semejante personaje.

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